BENEFICIARIOS
Autónomos y sociedades que sean titulares con autorización de transporte comprendidos en los siguiente CNAEs:
– 4932 Transporte por taxi.
– 4939 Tipos de transporte terrestre de pasajeros n.c.o.p.
– 4941 Transporte de mercancías por carretera.
– 8016 Servicio de transporte sanitario de personas.
Y que a fecha 29 de marzo de 2022,
se encuentren de alta en el Registro de Empresas y Actividades de Transporte.
CUANTIA
El importe individual de la ayuda se determinará atendiendo al número y tipo de vehículo explotado por cada beneficiario, sin que en ningún caso el importe resultante pueda superar la cantidad máxima de 400.000€.
– Mercancías pesado. Camión. MDPE: 1.250€
– Mercancías ligero. Furgoneta. MDLE: 500€
– Autobús. VDE: 950€
– Taxis. Vehículo con conductor: VT- VTC. 300€
– Ambulancia VSE: 500€
Esta cuantías son compatibles con las devoluciones parciales del Impuesto sobre Hidrocarburos por consumo de gasóleo profesional.
SOLICITUDES
El plazo de presentación del formulario finalizará el 30 de abril de 2022.
Se presentará en la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
OTRAS AYUDAS:
- Ampliación de plazo de vencimiento de los créditos avalados por el ICO hasta 8-10 años,
y una ampliación del período de carencia de los créditos avalados por el ICO de 6 meses,
como medida de aplicación inmediata. - Nueva línea de créditos al sector avalados por el ICO con 12 meses de carencia.
- Devolución mensual del combustible profesional desde abril,
frente al período trimestral vigente actualmente,
y puesta en marcha de un sistema de devolución anticipada mensual con regularización anual. - Se duplicará la dotación presupuestaria de las ayudas al abandono a la profesión de transportista, al pasar de 10 a 20 millones de euros en 2022.