SUBVENCIÓN
El día 25 /1/22 se publicó en el DOE la nueva convocatoria de ayudas para instalaciones de autoconsumo y almacenamiento con fuentes de energía renovables en Extremadura
que concluirá el 31/12/23, salvo que con anterioridad se hubiera agotado el crédito de la convocatoria,
Estas subvenciones contemplan 6 líneas de actuación entre las que se incluye el Programa de incentivos 4 para la realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector residencial con o sin almacenamiento de 300 – 600 €/kWp en Instalación Fotovoltaica autoconsumo.
DEDUCCIÓN RENTA
También mediante la aprobación del Real Decreto-ley 19/2021, de 5 de octubre, de medidas urgentes para impulsar la actividad de rehabilitación edificatoria en el contexto del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se aprueban deducciones sobre la Renta de las Personas Físicas de las cantidades satisfechas por las obras de rehabilitación de mejoras que se realicen en la vivienda habitual o arrendada de:
- hasta un 20% con un máximo de 5.000€ anuales,
si las obras contribuyen a una reducción de al menos un 7% la demanda de Calefacción y refrigeración, acreditable a través del certificado de eficiencia energética de la vivienda. - un 40% hasta un máximo de 7.500€ anuales,
si suponen una reducción de al menos un 30% del consumo de Energía primaria no renovable, acreditable a través de la reducción del referido indicador mediante certificado de eficiencia energética de la vivienda,
o mejora en la calificación energética de la vivienda para obtener una clase energética «A» o «B», en la misma escala de calificación. - un 60 % hasta un máximo de 15.000€ anuales por vivienda en edificios residenciales.
para una reducción del consumo de energía primaria no renovable, referida a la certificación energética, de un 30% como mínimo,
o bien, la mejora de la calificación energética del edificio para obtener una clase energética «A» o «B», en la misma escala de calificación.
Además este decreto recoge que no se integrarán en la base imponible del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas las ayudas concedidas en virtud de los distintos programas establecidos
EJEMPLO
Para una instalación 3,6 Kwp con un coste de 4.775€ + IVA,
le correspondería una subvención de 2.160€,
y una deducción en RENTA del 40% de la inversión,
por lo que la inversión neta sería de sólo 1.707,75€.
Si suponemos un consumo medio de 120€ al mes,
y una reducción del consumo del -65%,
la inversión se amortizaría en tan sólo 1,8 años (22 meses).
IBI BONIFICACIÓN
Además en algunas poblaciones el ayuntamiento te da esta ventaja para la inversión.
Ejemplo en Mérida conceden una bonificación del IBI es del 10 % de la tasa
(ej.: 135,91€ x 4 pagos = 543,64€ x 10% = 54,36€/año).
Para ello hay que presentar:
– Comunicación previa o licencia de obra de la instalación.
– Certificación de la instalación que justifique que la instalación está dada de alta en industria (emitida por la Junta de Extremadura).
– Justificación, por técnico competente, de que el consumo baja un 20% una vez puesta la instalación en funcionamiento.
– Justificación de la referencia catastral de la vivienda.
Puedes consultar si tu municipio tiene contemplada esta bonificación pulsando AQUÍ