Cuantía
80% de la inversión subvencionable, con un máximo de ayuda de 20.000€ por beneficiario
con estos límites de ayudda específicos por servicio subvencionable:
- Web creación o actualización: 500€
- Tienda online: 4.000 €
- Marketing online (SEO, SEM,…): 7.000€
- Gestión de presencia en Internet (Community Manager): 250€/mes hasta 3.000€.
- Mejora de imagen digital creación de contenidos multimedia para su promoción en Internet: 2.000€
- ERP Sistema de gestión empresarial: 5.000€
- CRM Sistema de gestión de la relación con los clientes: 5.000 €
- Facturación electrónica: 5.000 €
- Plataformas B2B están orientadas a las relaciones comerciales entre empresas: 5.000€
- Seguridad informática: 12.000€
– Auditoría de seguridad informática: máximo 1.500€
– Plan de implantación de seguridad informática: 3.000€
El 1º pago del 50% con la resolución de concesión
y el 50% restante después de que se haya justificado la totalidad de la inversión subvencionable
Gastos Subvencionables
Las ayudas que se otorguen son incompatibles para la misma finalidad,
procedentes de cualesquiera Administraciones Públicas.
No se puede solicitar la ayuda simplemente para el mantenimiento o el uso continuado de una herramienta ya en uso. Debe demostrarse una mejora sustancial que justifique la necesidad de la ayuda,
y debe quedar claramente documentado en la Memoria justificativa de la solicitud.
Costes Directos:
- Consultoría y asistencia técnica para el desarrollo de las actuaciones y la formación al personal.
- Software: desarrollo, adquisición e implantación incluyendo gastos de licencias y la contratación de servicios en la nube (servicios cloud).
- Hardware: dispositivos físicos específicos, de uso exclusivo y necesarios para el funcionamiento de la actuación subvencionable.
Quedan excluidos los equipos informáticos básicos como ordenadores de sobremesa, portátiles e impresoras que tengan un uso general. - Dominio web: Para los servicios de Presencia en Internet y Tienda Online.
- Gastos de la Tienda Online: alta y contrato de alojamiento, alta y mantenimiento de cuentas de correo electrónico asociadas al dominio, y el mantenimiento de la página web durante el 1º año.
- Gastos del servicio de Implantación de estrategia de posicionamiento SEM: Incluye la tarifa por enlaces patrocinados y los gastos de asesoramiento y gestión por una empresa especializada en marketing online, con un máximo del 20% del importe de subvención de la tarifa por enlaces patrocinados.
Costes Indirectos: son aquellos que afectan de forma genérica al proyecto.
Se fija un tipo fijo del 3% sobre los costes directos subvencionables.
Otros aspectos importantes sobre los gastos subvencionables:
- La ejecución de los servicios no puede iniciarse antes de la publicación de la convocatoria en el DOE (9/1/25)
- En el caso de tarifas de suscripción mensual, solo serán subvencionables aquellas que se encuentren dentro del plazo de ejecución del proyecto (9 meses desde la resolución de la concesión).
Beneficiarios
Pymes con centro productivo en Extremadura con independencia de cuál sea su forma jurídica, incluidos autónomos y agrupaciones de personas físicas y jurídicas.
con menos de 250 trabajadores, un volumen de negocios anual inferior a 50 millones € o un balance general anual inferior a 43 millones de €.
Excluidos principalmente si:
- tienen vinculación con la consultora encargada de realizar los trabajos.
- beneficiarias en la convocatoria de subvenciones TIC de Extremadura del Decreto 132/2021 para los mismos servicios.
- las empresas que, por la actividad que desarrollan, puedan considerarse expertas para llevar a cabo los trabajos que contemple el proyecto.
Plazos
Desde el 9/1/25 hasta el 8 de abril de 2025 o fin del crédito concedido.
Las ayudas son de concesión directa por orden de entrada de las solicitudes.
El presupuesto total de esta ayuda es de 1.500.000 €.
Lo que significa que si la ayuda máxima por beneficiario es de 20.000 € que habrá al menos 75 expedientes aprobados si todas las ayudas fueran del máximo, pero podrían ser 150 expedientes o más si la ayuda promedio es menor, por ejemplo, 10.000€.
Existe, por tanto, prisa en presentar la solicitud.
Con la solicitud es necesario aportar la siguiente documentación:
- Escrituras de constitución de las sociedades.
- Memoria de las actuaciones subvencionables conforme al modelo normalizado donde se debe detallar la necesidad de la ayuda, las actuaciones a realizar y los beneficios esperados.
Esta es la principal herramienta para justificar la necesidad de la ayuda y demostrar que tu caso merece ser subvencionado. Debes ser muy preciso en la descripción de las diferencias y resaltar los beneficios concretos que tu empresa obtendrá con la nueva actuación. Sin embargo, ten en cuenta que, incluso con una buena justificación, si la administración considera que es el mismo tipo de servicio, la ayuda podría ser denegada.
Las principales Obligaciones que contrae el beneficiario serán:
- Publicidad: indicar en la web oficial del beneficiario la operación y la ayuda financiera.
También deben exhibir un cartel o pantalla con información sobre la operación destacando la ayuda de los fondos en un lugar visible. - Mantener en Extremadura tanto la actividad de su empresa, como la operatividad de los servicios subvencionados, durante al menos 3 años consecutivos, fecha de presentación desde la solicitud liquidación de la ayuda.
No dejes pasar esta oportunidad
Si tu negocio necesita un impulso digital, esta es la ocasión perfecta para modernizar tus procesos, optimizar tu presencia online o mejorar la seguridad informática de tu empresa.
En Cuentamas Asesoría, te ayudamos a gestionar estas ayudas de principio a fin,
asegurándonos de que aproveches al máximo esta oportunidad.
Contáctanos ya y da el siguiente paso hacia la digitalización de tu empresa.
¡Estamos aquí para ayudarte!