La implementación de un Protocolo de Desconexión Digital es otra obligación legal para todas las empresas, sin importar su tamaño, número de empleados o sector.
Este protocolo, exigido por la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales y el artículo 18 de la Ley 10/2021 de Trabajo a Distancia, establece políticas internas para garantizar que los empleados puedan desconectar fuera de su horario laboral, protegiendo así su derecho a la intimidad y bienestar.
¿Qué implica este protocolo?
El Protocolo de Desconexión Digital es un documento que detalla las medidas que la empresa debe adoptar para asegurar que los empleados no estén obligados a responder comunicaciones laborales durante su tiempo de descanso, permisos o vacaciones, salvo en casos excepcionales y justificados.
La implementación de este protocolo es fundamental para preservar la salud mental y el bienestar de los empleados, evitando la sobreexposición tecnológica.
Además, garantiza el respeto a la vida personal y familiar, un derecho crucial en el entorno laboral moderno.
Consecuencias del Incumplimiento
Las empresas que no cumplan con la obligación de implementar el Protocolo de Desconexión Digital se exponen a sanciones económicas significativas.
Estas sanciones pueden variar dependiendo de la gravedad de la infracción y la falta de cumplimiento puede tener un impacto negativo tanto en la reputación como en la operatividad de la empresa. Las sanciones varían según la gravedad de la infracción:
- Infracciones leves: Multas de 620 € hasta 6.250€.
- Infracciones graves: Multas de hasta 40.895 €, especialmente si afecta la salud de los empleados.
- Infracciones muy graves: Multas de hasta 187.515 € en casos severos de violación de derechos de intimidad.
- Sanciones de la AEPD: La Agencia Española de Protección de Datos puede imponer multas de hasta 20 millones de euros o el 4% del volumen de negocio global anual de la empresa, optando por la cantidad mayor.
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