El 1 de septiembre de 2023 entra en vigor las nuevas bonificaciones para la contratación laboral.
CUANTÍA
Las principales bonificaciones son:
* Bonificación por la contratación Indefinida de jóvenes inscritos en Garantía Juvenil
La nueva norma introduce en este caso una bonificación mensual de 275€ durante 3 años.
Se entenderá por baja cualificación cuando no hayan finalizado sus estudios de Bachillerato o Ciclo Formativo de Grado Medio.
* Contratación Indefinida de Desempleados de larga duración
Esta bonificación de 110€/mes es para contratación indefinida a desempleados de larga duración.
Y ascenderá a 128€ al mes si la persona contratada es mujer u hombre con 45 o más años.
* Bonificación para las personas que se acogen a Baja
por nacimiento, cuidado de menor, riesgo de embarazo o lactancia.
Otro cambio es la reducción de la bonificación en las bajas por nacimiento.
En el caso de las personas que necesiten ser sustituidas por nacimiento, riesgo
de embarazo, durante la lactancia, cuidado del menor, etc se aplicará una bonificación
en la cotización de 366 €/mes, mientras se extienda dicha situación.
Esto implica que la empresa tendrá que pagar la cuantía restante de seguros
sociales, ya no estarán 100% bonificados como hasta ahora.
Si se trata de una persona Autónoma, se aplicará la misma cuantía en
sus cuotas a la Seguridad Social.
Pero debemos tener en cuenta que para aplicar esta bonificación,
el sustituto del trabajador deberá ser un trabajador menor a 30 años,
aunque para reemplazar al autónomo podrá ser un suplente de cualquier edad.
Además estarán excluidas de bonificaciones, las contrataciones que hubiesen prestado servicios en la misma empresa mediante un contrato
– indefinido en los 12 meses anteriores, o
– en los últimos 6 meses mediante un contrato de duración determinada o un contrato formativo,
cualquiera que sea su modalidad y la duración de su jornada.
REQUISITOS
Las empresas que den de alta contratos bonificados tendrán que reunir estos requisitos:
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- Mantenimiento de empleo de 3 años en el caso de nuevas contrataciones indefinidas y transformaciones.
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- No haber realizado un despido reconocido improcedente de un contrato bonificado en los 12 meses previos al alta.
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- Estar al corriente de pago con Hacienda y Seguridad Social.
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- Disponer de un plan de igualdad vigente y registrado en empresas de más de 50 trabajadores.
Tabla resumen de bonificaciones: