Si eres empresario y tienes trabajadores, una de tus obligaciones es la de elaborar anualmente un calendario laboral y exponerlo en un lugar visible en cada centro de trabajo (Art.34.6 ET).
¡Atención! El incumplimiento de esta obligación constituye una infracción administrativa leve, que según su graduación conlleva una sanción con multa de hasta 625€ (Art.6.1 LISOS) por parte de Inspección de Trabajo.
Si necesitas más formularios de Personal puedes descargarlo en los siguientes enlaces: