Desde el 22 de diciembre de 2024, las entidades deportivas no profesionales y sin ánimo de lucro pueden beneficiarse de una importante bonificación del 100% de la cuota empresarial por contingencias comunes de la Seguridad Social.
Esta medida, recogida en la Ley 7/2024 y desarrollada por la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), busca apoyar el deporte base y facilitar la contratación de monitores y entrenadores.
¿En qué consiste la bonificación?
Los clubes y asociaciones deportivas sin ánimo de lucro que cumplan los requisitos podrán ahorrarse el 100% de la cuota empresarial correspondiente a las contingencias comunes en los contratos de determinados profesionales, lo que supone una reducción significativa del coste laboral.
Esta bonificación se aplica tanto a contratos indefinidos, temporales o fijos discontinuos como a nuevas contrataciones, y en algunos casos también puede afectar a trabajadores que ya estaban contratados antes de la entrada en vigor de la medida, siempre que en la fecha de aplicación se cumplan todos los requisitos exigidos.
Requisitos que deben cumplir las entidades beneficiarias
Para aplicar esta ventaja, los clubes o asociaciones deben:
- Ser entidades deportivas sin ánimo de lucro, legalmente constituidas y con personalidad jurídica propia (asociación, fundación, etc.).
- Estar inscritas en el registro autonómico o estatal de entidades deportivas.
- Estar al corriente de pago con la Seguridad Social y con Hacienda.
- No beneficiarse de otras bonificaciones por el mismo contrato.
- Cumplir con las obligaciones laborales y de cotización en forma y plazo.
Requisitos sobre el personal contratado
La bonificación se aplica únicamente a trabajadores que:
- Ejerzan funciones de entrenadores, monitores o preparadores deportivos.
- Estén dedicados a la formación o entrenamiento de menores de 18 años.
- Realicen su labor en el ámbito del deporte no profesional o amateur.
- Estén correctamente encuadrados en las categorías laborales 3722, 3723 o 3724 (según la Clasificación Nacional de Ocupaciones – CNO).
Cuándo y cómo se aplica la bonificación
- Se puede aplicar desde el 22 de diciembre de 2024, o desde la fecha de alta del trabajador si esta es posterior, siempre que se cumplan los requisitos.
- Si la entidad tenía deudas con la Seguridad Social y las regulariza más tarde, podrá aplicar la bonificación a partir del momento en que esté al corriente de pago, pero nunca de forma retroactiva a los periodos en los que había deuda.
- La solicitud y aplicación se realizan a través del Sistema RED, al tramitar la liquidación de cuotas mensuales.
Un impulso clave para el deporte base
Esta medida supone un importante apoyo económico para clubes y asociaciones deportivas, especialmente en el ámbito del deporte base, donde la contratación de monitores es indispensable pero los recursos suelen ser limitados.
En Cuentamas Asesoría analizamos la situación de cada entidad para comprobar si cumple los requisitos y ayudamos a gestionar correctamente la aplicación de estas bonificaciones ante la Seguridad Social.



