Cuantía:
Subvención del 80% de los gastos elegibles,
con un límite máximo de ayuda de 100.000€ por establecimiento.
El 50% del pago de la ayuda se abonará una vez notificada la resolución de concesión.
Beneficiarios:
Sociedades privadas con personalidad jurídica propia
con un centro productivo en Extremadura,
consideradas como PYME: que ocupen a menos de 250 trabajadores y cuyo volumen de negocios anual no exceda de 50 millones de euros o cuyo balance general anual no exceda de 43 millones de euros.
que desarrollen una actividad industrial productiva y de servicios industriales
cuando las actividades para las que solicita ayuda se encuadran en alguna de las siguientes:
- Actividades de producción a escala industrial incluidas en la Sección C de CNAE 2009
- Actividades de servicios a la industria, que incluyen:
- Diseño industrial: actividades de ingeniería y diseño de maquinaria, materiales, procesos y plantas industriales, encuadradas en la CNAE 7112
- Ensayos y análisis técnicos encuadrados en la CNAE 7120
.
Actuaciones subvencionables:
Las destinadas a la transformación digital de empresas industriales que se basan en:
- Internet de las cosas (IoT):
Implantación de dispositivos físicos que se comunican entre sí e Internet para mejorar la toma de decisiones, la eficiencia y la automatización de tareas. Los sistemas deben cumplir con características como conectividad, seguridad, eficiencia energética, integración en la nube, monitorización, gestión y kits de desarrollo. - Inteligencia Artificial (IA) y Machine Learning:
Creación de sistemas capaces de realizar tareas que requieren inteligencia humana, incluyendo el aprendizaje automático para mejorar el rendimiento a partir de los datos. Las actuaciones deben tener capacidad de aprendizaje y adaptación, razonamiento y toma de decisiones comprensibles para los usuarios. - Realidad Aumentada (AR):
Superposición de elementos virtuales sobre el mundo real. Se requiere un rastreo preciso de objetos reales y una alta calidad visual para una experiencia inmersiva. - Realidad Virtual (VR):
Creación de entornos virtuales inmersivos. Se necesita un rastreo preciso de usuarios y dispositivos de entrada, además de una alta calidad visual. - Fabricación Aditiva (Impresión 3D):
Producción de objetos tridimensionales a partir de un diseño digital. Se requiere precisión, soporte para diversos materiales y escalabilidad. - Robótica colaborativa:
Robots diseñados para trabajar junto a humanos. Deben contar con sensores para detección, interfaz de programación intuitiva, flexibilidad, adaptabilidad y capacidad de monitorización y diagnóstico remotos. - Robótica industrial:
Robots para automatizar procesos industriales. Necesitan programación y control avanzados, sensores para percepción, actuadores para manipulación e integración con sistemas informáticos. - Gemelo Digital (Digital Twin):
Representación virtual de un objeto o sistema real para realizar análisis, simulaciones y pruebas. Debe reflejar fielmente las características del objeto real y usar IA para análisis predictivo. - Blockchain: Registro digital compartido y seguro.
- 5G: Conexión más rápida y eficiente.
- Plan Estratégico de Transformación Digital:
Elaboración de un plan para guiar la transformación digital de la empresa. Debe incluir objetivos, indicadores, planificación temporal, memoria económica, plan de actuaciones y abordar la capacitación, seguridad y privacidad. (20% de la inversión total)
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Gastos subvencionables:
- Consultoría, asistencia técnica y formación necesarios para el desarrollo e implementación de las actuaciones subvencionables. El límite para este concepto es del 20% de la inversión total.
- Software: Desarrollo, adquisición, adaptación e implantación necesario para cualquiera de las actuaciones subvencionables, incluyendo los costes de licencias.
- Hardware: Gastos de adquisición o alquiler, instalación y puesta en marcha que sea específicos y necesarios para la implementación de las actuaciones.
- Nube (cloud) Servicios necesarios para la ejecución de la actuación.
Gastos No subvencionables:
- Alquiler de líneas telefónicas o de telecomunicaciones.
- Cualquier tipo de gasto financiero.
- Ordenadores de propósito general (portátiles o de escritorio) y otros equipos informáticos como impresoras, ratones, memorias USB y monitores (a menos que cumplan con las condiciones mencionadas anteriormente).
- Terminales telefónicos, incluyendo teléfonos móviles.
- Gastos de tasas y/o licencias administrativas.
- Gastos de reforma o adaptación de espacios para la instalación de los elementos subvencionados.
- El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) y cualquier otro impuesto.
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Plazo de solicitud:
Hasta el 14 de abril de 2025 o finalización del crédito asignado.