Se ha publicado recientemente la convocatoria del ejercicio 2026 para las subvenciones de la Línea II del Programa Crisol-Formas (Crisol-For+).
Estas ayudas están diseñadas para incentivar que las empresas privadas y autónomos contraten a personas que han superado con éxito la etapa formativa de los proyectos Crisol.
A continuación, resumimos los aspectos fundamentales que debes conocer si estás interesado en solicitar esta subvención para tu negocio.

1. Cuantía y forma de pago por beneficiario
La cuantía de la ayuda es muy interesante, ya que busca cubrir los costes salariales y de seguridad social de la empresa durante los primeros meses.

- Cálculo de la ayuda:
El importe final se obtiene multiplicando por 3 la suma del salario mensual
(ya sea el Salario Mínimo Interprofesional o el fijado por convenio,
incluyendo la parte proporcional de 1 paga extra)
y las cotizaciones a la Seguridad Social a cargo del empleador. - Plus por tutorización:
A la cifra anterior se le añade un +7% adicional
en concepto de costes indirectos para compensar la tutorización de la persona contratada. - Referencia 2026:
Para contratos acogidos al SMI,
el importe mensual de referencia (incluida paga extra) se sitúa en 1.424,50 euros . - Forma de pago:
La subvención se abonará mediante un pago único por el importe total concedido
una vez se dicte la resolución de concesión.
Como ejemplo práctico para este ejercicio 2026,
si su empresa formaliza una contratación a jornada completa sujeta al Salario Mínimo Interprofesional (SMI),
la cuantía total de la subvención a percibir ascendería a 6.193,63 euros.
Este importe se obtiene al sumar el salario mensual con su parte proporcional de paga extra (1.424,50 €)
y las cotizaciones a la Seguridad Social a cargo del empleador (estimadas en 504,98 €),
multiplicando dicho subtotal por los 3 meses de duración mínima exigida
y añadiendo un 7% adicional en concepto de costes indirectos por la tutorización del trabajador
que se abona mediante un pago único tras la resolución de concesión.
2. Gastos subvencionables y requisitos del contrato
La ayuda se destina a financiar contratos laborales que cumplan con una serie de condiciones estrictas para garantizar la calidad del empleo:
- Duración y Jornada:
El contrato debe tener una duración mínima de 3 meses
y ser obligatoriamente a jornada completa. - Ocupación:
El puesto debe estar relacionado con la familia profesional de la formación
que el participante recibió en la primera etapa del programa. - Cláusula FSE+:
Es obligatorio incluir en el contrato una cláusula
que indique que está cofinanciado en un 85% por el Fondo Social Europeo Plus. - Retribución:
Debe respetarse, como mínimo, el SMI vigente
o lo estipulado en el convenio colectivo de aplicación.

3. Beneficiarios y requisitos de la entidad
Podrán acogerse a estas ayudas una amplia variedad de entidades,
siempre que su centro de trabajo esté en Extremadura.
- Quiénes pueden solicitarla:
Empresas privadas (personas físicas o jurídicas), autónomos, profesionales colegiados,
comunidades de bienes, sociedades civiles, UTEs y entidades sin ánimo de lucro. - Exclusiones:
Quedan fuera las administraciones públicas, empresas del sector público,
ETTs (salvo para su personal estructural) y entidades de los sectores de la pesca y acuicultura. - Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- No haber amortizado puestos de trabajo similares mediante despidos no voluntarios en los seis meses anteriores a la contratación.
- Designar a un tutor con experiencia para facilitar la adaptación del trabajador.
4. Plazos de solicitud de la ayuda
Es fundamental cumplir con los plazos tanto de contratación como de tramitación para no perder el derecho a la subvención:
- Vigencia de la convocatoria:
La convocatoria de 2026 finaliza el 7 de octubre de 2026
ya que tiene una duración de 6 meses desde su publicación en el DOE el 7 de abril de 2026. - Plazo para contratar:
La empresa debe formalizar el contrato en el plazo de 15 días naturales tras la finalización de la etapa formativa del participante. - Plazo de presentación:
Se debe presentar una solicitud por cada persona contratada en el plazo máximo de 1 mes desde la fecha de inicio del contrato.

En Cuentamas Asesoria podemos ayudarte con toda la gestión y tramitación electrónica de estas ayudas para asegurar que tu empresa cumpla con todos los requisitos y plazos legales.



