BENEFICIARIOS
Autónomos y pequeñas empresas,
con sede social y centros operativos en los municipios con población inferior a 20.000 habitantes de la provincia de Badajoz (todas excepto Mérida, Badajoz, Almendralejo, Don Benito y Villanueva de la Serena)
y que consten dados de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) en algunos de los epígrafes que se relacionan en el Anexo I de estas bases como son Comercios al por menor, Peluquerías, Tintorería, Hostelería y Hotelería .
GASTOS SUBVENCIONABLES
- Mamparas transparentes.
- Señalización de los locales sobre las medidas y precauciones que deben adoptar.
- Termómetros infrarrojos portátiles.
- Desinfectantes de ozono.
- Dosificadores de gel hidroalcohólico o de jabón.
- Dispensadores de papel toalla.
- Secadores automáticos de manos.
- Papeleras o contenedores de pedal, para el material desechable.
Se tratará de adquisiciones en elementos nuevos.