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Ayudas del Ayto de Mérida al comercio y hosteleros

CUANTIA

2.000€ para negocios con más de 3 empleados a jornada completa
y la suma de las jornadas de los trabajadores a tiempo parcial hasta llegar como mínimo al 70% de la jornada completa durante al menos 2 meses consecutivos dentro del periodo subvencionable (del 1 de enero hasta el 31 de agosto de 2023).

1.000€ por establecimiento entre 0 y 3 empleados.

Si el solicitante dispone de varios establecimientos que cumplan los requisitos
se realizarán 1 única solicitud y recibirán la cuantía de la ayuda por cada establecimiento.

Esta ayuda es prepagable, de justificación diferida.

La justificación de la ayuda se documentará a través de justificantes de pago y factura de gastos corrientes desde el 1 de enero del 2023 hasta el 31 de agosto del 2023:

a) Arrendamiento del local comercial.
Se aportará copia del contrato de arrendamiento y justificantes de pago.

b) Suministros de energía eléctrica, agua, gas, gastos de telefonía incluido internet, y prima de seguro vinculados al local comercial donde desarrolla la actividad.
Se aportarán facturas y justificante de pago.

c) Servicios de consultoría, gestoría y asesoría.
Se aportarán facturas y justificantes de pago.

d) Copia del modelo RNT, con la relación nominal de trabajadores/as de 2 meses consecutivos comprendidos dentro del periodo subvencionable y justificante del pago.(Antiguo modelo TC2)

e) RLC (recibo de localización cotización) de ambos meses con su correspondiente recibo emitido por una entidad bancaria.(Antiguo modelo TC1)

BENEFICIARIOS

Autónomos y pymes incluyendo agrupaciones sin personalidad jurídica propia (CB, ESPJ, …)
que ejerzan actividades dentro de los sectores comercio minorista, hostelería y turismo
que tengan su domicilio fiscal y desarrollen su actividad en Mérida y que:
– estén inscritos en la base de datos DeMérida
– cuenten con licencia de apertura del establecimiento en vigor o copia de haber tramitado su solicitud
corriente de pago
–  mantengan la titularidad y actividad del negocio un mínimo 6 meses desde el inicio del periodo subvencionable.

PLAZO

20 días hábiles desde el día siguiente de la publicación (15/5/23) de la convocatoria en el BOP de Badajoz (hasta el 13/6/23).
Las solicitudes se tramitarán a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Mérida.

Para cualquier aclaración o pregunta pueden contactar con el punto de información de ayudas en el 924373820 , en  ayudascomercio@merida.es o por Whatsapp en el 648860902

FUENTE

BOP

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David Carretero Barroso
Asesor de Negocio - CEO Cuentamas

Llevamos 10 años asesorando y ayudando a empresarios a crear y fortalecer su negocio.

Sabemos y conocemos los mayores retos que tienen que afrontar las empresas, y las asesoramos para que su viaje en el mundo empresarial sea todo un exito.

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