Cuantías:
- 9.000€ para Mujeres desempleadas.
- 7.500€ para estos tipos:
a) Menores de 30 ó mayores de 52 años.
b) Parados de larga duración ó que hayan participado en los 12 meses anteriores a su alta en políticas activas de empleo gestionadas por el SEXPE.
c) Personas con discapacidad.
d) Emigradas extremeñas que hayan retornado a Extremadura en los 2 años anteriores a la fecha de alta.
- 5.000€ para trabajadores por cuenta ajena.
- 5.000€ para el resto de colectivos.
+1.000€ adicionales si ejerce su actividad en un municipio de menos de 5.000 habitantes.
Estas cuantías serán las mismas para la contratación de autónomo Colaborador inscrito como Desempleado.
Obligaciones
- Disponer de un Plan de Empresa de la actividad empresarial acreditado como Viable a la fecha de alta en el RETA o en la mutualidad alternativa.
- Los beneficiarios de los Programas I, II y IV deberá mantenerse como autónomo durante los 2 años siguientes.
Exclusiones:
- Haber estado en situación de alta en Autónomos en los 6 meses anteriores al momento en que se produce el alta.
- Personas que ejerzan las funciones de dirección y gerencia para una sociedad mercantil y las personas que formen parte como asociados de Sociedades Anónimas, Limitadas, Cooperativas de Trabajo Asociado, Sociedades Civiles y Sociedades Laborales, aunque estén integradas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social.
- Beneficiarios de ayuda para el fomento del autoempleo en los 3 años anteriores.
- Actividades agrícolas, ganaderas o forestales.
- No corriente de pago con Hacienda y Seguridad Social.
Plazos de solicitudes:
5 meses naturales desde la fecha de inicio de la actividad o fecha real de alta en la Tesorería General de la Seguridad Social o en la mutualidad alternativa.
Vigencia desde el 15/02/2023 hasta el 14/02/2024
Programas:
- I: Ayudas a Desempleados que se den de alta como autónomos.
- II: Altas como autónomo de inscritos como desempleados como familiar colaborador.
- III: Autónomos que ya fueron beneficiarios del Programa I y
hayan mantenido su alta de autónomo durante más de 30 meses ininterrumpidos (2,5 años)
para la modernización de su actividad con actuaciones de digitalización de su actividad empresarial o profesional, mediante la incorporación de algún servicio tecnológico, como integración en plataformas de compras centralizadas on-line, integración en plataformas de comercio electrónico, elaboración y explotación de páginas web junto con su integración en redes sociales, o actuaciones tecnológicas análogas. - IV: Trabajadores del sector privado que inicien una actividad empresarial como autónomos.
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