REQUISITOS:
– Inscritos en el Registro de Artesanos de Extremadura a la fecha de la convocatoria.
– Disminución de al menos 10% en en el volumen de operaciones del solicitante declarado en el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) declarado en el año 2020 con respecto a la base imponible de igual período del año 2019
CUANTIA:
20% de la reducción del volumen de operaciones.
con un mínimo de 1.500 y un máximo de 5.000€.
Estas ayudas serán incompatibles con las establecidas en:
– Decreto-ley 1/2021, de 13 de enero, programa de recuperación y reactivación de la hostelería, turismo, comercio y otros
sectores más afectados por la crisis sanitaria.
– Decreto-ley 15/2020, de 29 de diciembre, por el que se aprueba un programa de ayudas para la reactivación empresarial
Los beneficiarios habrán de mantener el ejercicio de la actividad hasta, al menos, el 31/12/2021
PLAZO
1 mes desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura.